Código de Conducta del Proveedor
Actualizado el 23.02.2024
Dellia (Dellia Group AS y sus filiales) ha implementado el siguiente Código de Conducta Ética (CoC), que se aplica a todos nuestros proveedores y socios comerciales. Este Código de Conducta se basa en requisitos internacionalmente reconocidos para los derechos de los empleados y los derechos humanos (las convenciones fundamentales de la OIT y la declaración universal de derechos humanos de la ONU) además de nuestros propios requisitos éticos y ambientales. Este Código de Conducta define y estipula los requisitos de Dellia, los cuales deben ser implementados por todos los socios y proveedores. Constituye la base para todas las formas de colaboración.
1. Trabajo forzado o encarcelamiento con trabajos forzados
1.1 Dellia no tolerará el trabajo forzado ni la reclusión con trabajos forzados. Los proveedores deben emplear a los trabajadores de manera voluntaria. Dellia no aceptará productos de proveedores que utilicen cualquier forma de trabajo forzado o reclusión con trabajos forzados en su producción o mediante contrato, subcontrato u otros contextos para producir sus productos.
1.2 Los trabajadores no deben ser obligados a pagar un depósito ni entregar sus documentos de identidad al empleador. Los trabajadores deben tener permiso para dejar el trabajo habiendo dado un período de aviso razonable.
2. Libertad de asociación y negociación colectiva
2.1 Todos los trabajadores tienen el derecho de afiliarse o formar un sindicato si así lo desean y de participar en negociaciones colectivas de salarios (negociación colectiva). Si estos derechos están limitados por ley, el empleador debe facilitar y no obstaculizar el desarrollo de arreglos equivalentes para organizaciones independientes y libres y acuerdos salariales. Los representantes de los empleados no deben ser discriminados y se les debe permitir llevar a cabo sus funciones como representantes en el lugar de trabajo.
3. Trabajo infantil
3.1 Dellia no tolerará ningún uso de trabajo infantil. Por lo tanto, se requiere que nuestros socios se aseguren de que todo empleo esté conforme a la definición de trabajo infantil de la ONU y que no se utilicen las siguientes formas de trabajo infantil:
a) niños entre las edades de 5 y 11 años que trabajan al menos una hora de trabajo económico o un mínimo de 28 horas de trabajo doméstico no remunerado (cuidado de niños, preparación de alimentos, limpieza, etc.) por semana
b) niños entre las edades de 12 y 14 años que trabajan al menos 14 horas de trabajo económico o un mínimo de 28 horas de trabajo doméstico no remunerado por semana
c) niños entre las edades de 15 y 17 años que trabajan al menos 43 horas de trabajo económico o doméstico por semana
3.2 Cualquier contratación de trabajadores infantiles en contravención de lo anterior es inaceptable. Si ya se está utilizando mano de obra infantil como se describe arriba, se deben tomar medidas para rectificar la situación lo antes posible. Sin embargo, a los niños afectados se les debe dar la oportunidad de ganarse la vida y de recibir educación hasta que ya no tengan la edad obligatoria de asistir a la escuela.
3.3 El trabajo que requiere un mayor nivel de madurez o que es peligroso debe ser realizado por trabajadores que tengan al menos 18 años de edad.
4. Discriminación
4.1 Los proveedores y fábricas no deben discriminar a los empleados o candidatos a un empleo mediante sus procedimientos de contratación u otros términos de empleo por razones de etnicidad, color de piel, país de origen, género, creencias, edad, discapacidad, afiliación política, orientación sexual, estatus social o estado civil, embarazo, membresía en sindicatos u otros factores similares.
4.2 Se deben tomar medidas para proteger a los trabajadores contra comportamientos sexualmente ofensivos, amenazantes, lesivos o explotadores, y contra la discriminación o despido por motivos ilegales, por ejemplo, matrimonio, embarazo, cuidado parental o estado de VIH.
5. Prohibición del trato cruel o inhumano
5.1 Los proveedores y fábricas no deben emplear castigos corporales, amenazas o cualquier forma de abuso o acoso, ya sea mental, físico (incluido el sexual) o verbal, contra cualquiera de sus empleados, ni promover amenazas o utilizar tácticas de intimidación de ninguna manera. Los proveedores y fábricas deben tratar a todos los empleados con respeto y dignidad.
6. Salud y seguridad
6.1 Los proveedores y fábricas deben facilitar un entorno de trabajo seguro y saludable y cumplir completamente con todas las medidas para asegurar un lugar de trabajo seguro y saludable (medidas de HSE) preparadas para reducir los riesgos de salud y seguridad de acuerdo con la legislación aplicable. Los proveedores y fábricas deben tomar medidas adecuadas para reducir las causas de peligros en el lugar de trabajo.
6.2 Los empleados deben recibir de manera regular formación documentada en salud y seguridad, y dicha formación debe repetirse para beneficio de los nuevos empleados.
6.3 Se debe proporcionar acceso a instalaciones sanitarias limpias y agua potable, junto con almacenamiento adecuado para los alimentos.
6.4 Cualquier alojamiento ofrecido para pasar la noche debe ser limpio, seguro y adecuadamente ventilado, con instalaciones sanitarias limpias y agua potable limpia.
7. Pago y beneficios
7.1 Los salarios pagados por los proveedores y fábricas a los empleados deben ser como mínimo el mayor entre (1) el salario mínimo conforme a la legislación aplicable o (2) un salario equivalente al salario aplicable para el mismo tipo de trabajo en la misma o una industria similar con propiedad similar en la misma área geográfica, y siempre deben ser suficientes para cubrir las necesidades básicas y proporcionar a los empleados un salario digno.
7.2 Todos los trabajadores deben recibir un contrato de trabajo detallado por escrito, especificando las condiciones de pago y el método de pago, antes de que comience la relación laboral.
7.3 No se permiten deducciones del salario como medida disciplinaria.
7.4 Los proveedores y fábricas deben otorgar a sus empleados vacaciones pagadas cada año de acuerdo con la legislación aplicable.
7.5 Los beneficios de los empleadores y fábricas deben incluir como mínimo los beneficios estipulados por la legislación aplicable.
8. Horario laboral
8.1 Los proveedores y fábricas deben cumplir con la legislación nacional y los estándares definidos por la industria en cuanto a las horas de trabajo.
8.2 Las horas totales de trabajo semanal no deben exceder las 48 horas (8 horas por día).
8.3 Los trabajadores deben recibir al menos un día libre en cada período de siete días.
8.4 El uso de horas extras debe limitarse a un máximo de 12 horas por semana.
8.5 Los trabajadores siempre deben recibir un pago adicional por las horas extras trabajadas, como mínimo de acuerdo con la legislación aplicable.
9. Empleo permanente
9.1 Los proveedores y fábricas no deben eludir sus obligaciones bajo acuerdos internacionales y legislación sobre seguros nacionales, seguridad social o similares, ni las regulaciones que controlan las obligaciones de los empleados, mediante el uso de contratos a corto plazo (por ejemplo, trabajo por contrato, empleo temporal o trabajo por día), subcontratistas u otras relaciones laborales.
9.2 Todos los trabajadores tienen derecho a un contrato de trabajo escrito en un idioma que entiendan. 9.3 La duración de los aprendizajes debe estar claramente definida.
10. Consideración para los grupos de población vulnerable
10.1 La producción y extracción de materias primas para la fabricación no deben contribuir a la destrucción de recursos y fuentes de ingresos para grupos de población vulnerables, como por ejemplo mediante la apropiación de grandes áreas de tierra u otros recursos nacionales de los cuales dichos grupos de población dependen.
11. Protección del medio ambiente
11.1 Se deben tener en cuenta las preocupaciones ambientales a lo largo de toda la cadena de producción y distribución, desde la producción de materias primas hasta la venta a los consumidores. Siempre se deben considerar todas las preocupaciones ambientales locales, regionales y globales. El entorno local de la instalación de producción no debe ser explotado, mal utilizado o contaminado.
11.2 Los proveedores y fábricas deben cumplir como mínimo con toda la legislación aplicable en materia de protección ambiental. En ausencia de dicha legislación, los proveedores y fábricas deben implementar medidas razonables para adoptar procedimientos que aseguren una protección ambiental adecuada.
11.3 Se deben obtener los permisos de descarga pertinentes cuando sea necesario.
11.4 Los productos químicos peligrosos y otros materiales deben ser manejados de manera responsable.
12. Prohibición de soborno y corrupción
12.1 Se espera que todos los proveedores operen de manera éticamente responsable y con integridad. Está prohibido que los proveedores ofrezcan cualquier cosa de valor – dinero, regalos o servicios – para obtener una ventaja durante las negociaciones comerciales. De igual manera, está prohibido abusar de una posición de confianza para obtener ventajas ilegales durante las negociaciones comerciales.
Normas de Cumplimiento para Proveedores
Cumplimiento Legal
Todos los proveedores de Dellia Group AS y sus filiales deben cumplir con las leyes y regulaciones aplicables.
Adhesión al Código de Conducta del ProveedorSe espera que los proveedores sigan el Código de Conducta del Proveedor, incluso si establece estándares más altos que los requeridos por la ley. En caso de conflicto con las leyes aplicables, los proveedores deben notificar al Grupo Dellia AS y sus filiales y proponer un curso de acción responsable.
Implementación de Estándares
Los proveedores deben establecer y mantener políticas, sistemas de gestión y procedimientos para cumplir con los estándares descritos en el Código de Conducta del Proveedor. También deben comunicar estos estándares a su fuerza laboral y notificar al Grupo Dellia AS y sus filiales sobre cualquier infracción legal.
Responsabilidad en la Cadena de Suministro
Responsabilidad de Distribuidores, Corredores y Agentes
Los distribuidores, corredores y agentes deben asegurarse de que sus proveedores de primer nivel cumplan con los estándares de Dellia Group AS y sus filiales y proporcionen garantía de cumplimiento cuando se les solicite.
Política de Subcontratación
Los proveedores deben informar por escrito al Grupo Dellia AS y a las filiales pertinentes y obtener una aprobación escrita antes de subcontratar cualquier producción. Se espera también que los lugares de trabajo subcontratados cumplan con el Código de Conducta del Proveedor.
Cumplimiento de Proveedores
Los proveedores deben asegurarse de que los vendedores que prestan servicios en su lugar de trabajo cumplan con los mismos estándares y proporcionen garantía de cumplimiento a Dellia Group AS y sus filiales cuando se les solicite.
Verificación de Cumplimiento
Métodos de Evaluación
Dellia Group AS y sus filiales se reservan el derecho de evaluar el cumplimiento de los proveedores mediante autoevaluaciones, auditorías planificadas o sin previo aviso, y evaluaciones, incluyendo visitas in situ y entrevistas confidenciales con los trabajadores.
Transparencia de la Cadena de Suministro
A solicitud, los proveedores deben compartir información sobre sus políticas, prácticas y posibles riesgos de la cadena de suministro. Dellia Group AS y sus filiales también pueden solicitar la divulgación de detalles de la cadena de suministro, con el derecho de hacer pública dicha información.
Cumplimiento de Normas
Dellia Group AS y sus filiales se reservan el derecho de suspender o terminar relaciones con proveedores que no cumplan con el Código de Conducta del Proveedor o que no tomen las medidas necesarias para lograr el cumplimiento, a su discreción.
Partes del acuerdo
Este Código de Conducta del Proveedor es suscrito por El Proveedor y Dellia Group AS, incluyendo cualquier filial del grupo, incluyendo pero no limitado a Dellia AS, Dellia Sverige AB, Dellia ApS, Dellia OY, PMB International Ltd. (Dellia UK), Dellia SAS, Dellia AG, Dellia GmbH y Dellia Nutrients AS.
Para preguntas, reporte de discrepancias u otras consultas, la información de contacto actual está disponible en nuestro sitio web www.dellia.com